Formacion Continua para Empresas PDF Imprimir E-Mail

¿Qué es la Formación Continua y Quién Puede Beneficiarse de Ella?

Acciones de formación cuya ejecución se planifica, organiza y gestiona por las empresas para sus trabajadores. Están reguladas en la Orden TAS 500/2004, de 13 de febrero (BOE 1 de marzo de 2004). Las empresas disponen de un Crédito anual para Formación Continua, que podrá hacer efectivo mediante las bonificaciones en las Cuotas de la Seguridad Social. Esta iniciativa incluye los Permisos Individuales de Formación o autorización de la empresa para facilitar al trabajador la realización de Acciones formativas reconocidas por una titulación oficial. En enero de 2004 entró en vigor el nuevo Sistema de Formación Profesional Continua (R.D. 1046/2003, de 1 de agosto) gestionado por la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (antes FORCEM). La principal novedad del Sistema radica en que las ayudas para la formación se materializan en bonificaciones sobre los pagos que cada empresa ha de realizar a la Seguridad Social por los trabajadores que coticen al Régimen General. BEST FORMACION pretende facilitar el acceso a la formación de los trabajadores a través del Sistema de Bonificaciones, para lo cual el Servicio de Gestión de la Formación dará respuesta a las empresas, así como a sus Asociaciones para diseñar, tramitar, certificar, bonificar, etc. las acciones formativas o cursos. Conociendo la dificultad que tienen las empresas para atender los trámites burocráticos exigidos por el nuevo Sistema de Formación, BEST FORMACION ofrece soluciones para que cualquier empresa pueda confiarnos la tramitación de los cursos. Además, durante el proceso de formación, orientará a la empresa sobre las cuotas sujetas a la bonificación según la plantilla y optimizar así las cantidades del crédito asignado por la Seguridad Social. Para poder realizar estas gestiones, BEST FORMACION se ha constituido en Entidad Organizadora de la Formación con Certificado Digital en el registro de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, de esta manera las empresas o grupos de empresas podrán tramitar con efectividad las bonificaciones correspondientes a los cursos a realizar.

  • VÍAS DE BONIFICACIÓN DEL CRÉDITO 

Las acciones de formación se pueden realizar como: 

  1. * Empresa bonificada

  2. * A través de un Plan Agrupado de Empresas gestionado por una Entidad Organizadora

EMPRESAS QUE PUEDEN BENEFICIARSE DE LAS BONIFICACIONES 

Pueden beneficiarse de las bonificaciones en las cotizaciones en la Seguridad Social para formación continua todas aquellas empresas que tengan centros de trabajo ubicados en el territorio nacional, independientemente de su tamaño, y que coticen por la contingencia de formación profesional.  

IMPLICACIONES ECONÓMICAS 

La cantidad de la que dispone cada empresa para financiar sus acciones de formación continua, a través de bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social, cada año, se denomina “Crédito para formación continua”, que se calculará aplicando a la “cuota de formación profesional” (el 0,7% de la Base Reguladora de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales que figura en el boletín de liquidación de la Seguridad Social, TC1 ó TC2, del año natural anterior) el porcentaje de bonificación que se establece cada año en la Ley Anual de Presupuestos Generales del Estado en función del tamaño de la empresa.

Se establece, asimismo, la obligación para la empresa de participar en la financiación de los costes de las acciones formativas en una cuantía mínima establecida en función del tamaño de la empresa.

 

 TAMAÑO DE LA EMPRESA

 % DE BONIFIACIÓN
AÑO 2006 

 % MINIMO DE CONFINANCIACIÓN
PRIVADA

 De 1 a 5 trabajadores

 *

 0

 De 6 a 9 trabajadores

 100

 5

 De 10 a 49 trabajadores

 75

 10

 De 50 a 249 trabajadores

 60

 20

 Más de 250 trabajadores

 50

 40

 

 

  * Las empresas de uno a cinco trabajadores dispondrán de un crédito de bonificación por empresa de 420 euros, en lugar de un porcentaje. 

REQUISITOS PREVIOS A LA BONIFICACIÓN 

  1. * Haber informado a la representación legal de los trabajadores.
  2. * Obtención de firma digital por parte de la empresa.
  3. * Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias, así como de Seguridad Social, en el momento de aplicar las bonificaciones.
  4. * Las grandes empresas (más de 250 trabajadores) garantizarán que el porcentaje de trabajadores formados que pertenecen a colectivos denominados como prioritarios por el Fondo Social Europeo sea igual o mayor al porcentaje que estos colectivos representan en la plantilla de la empresa.
  5. * Comunicar el inicio de las acciones formativas a la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, con quince días hábiles de antelación al inicio de las acciones formativas y a través de la página web de dicha Fundación.
  6. * Realizar la Acción Formativa.
  7. * Comunicar la finalización de la acción formativa antes de la presentación del boletín de cotización del mes en el que se quieran practicar las bonificaciones o en cualquier caso antes de la presentación del boletín de cotización correspondiente al mes de diciembre de 2004.

AGRUPACIÓN DE EMPRESAS PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL PLAN DE FORMACIÓN 

VENTAJAS DE PARTICIPAR EN ESTA AGRUPACIÓN 

  1. * Bonificarse/deducirse, en las cotizaciones a la Seguridad Social, los costes incurridos por la formación.
  2. * No será necesaria la obtención de la firma digital por parte de la entidad participante.
  3. * Se libera de la burocracia exigida en las relaciones con la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (antes FORCEM).
  4. * Seguimiento individualizado de su crédito anual.
  5. * Vigilancia y asesoramiento en el cumplimiento de los porcentajes de formación de colectivos prioritarios.

 

QUÉ LE OFRECE LA AGRUPACIÓN PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL PLAN DEFORMACIÓN 

1. Comunicados a la Fundación Estatal para la formación en el empleo: 

  • * Comunicación de inicio del grupo o grupos de formación; en el que con una antelación mínima de 15 días hábiles deberán constar al menos los siguientes datos: fecha, horario y lugar de realización, denominación y contenidos básicos de la acción formativa, modalidad de impartición y trabajadores participantes. Para ello será necesario haber contratado el curso con al menos 17 días hábiles de antelación al inicio del curso.
  • * Comunicación de la “Certificación de finalización de la formación”; que contendrá los datos de la formación realizada, así como el número de horas impartidas y relación de los participantes que han finalizado la formación, coste total y coste bonificable (parte de los costes de formación que las empresas podrán financiar con cargo a su crédito de formación continua), el total de la Aportación Privada y el número de trabajadores formados pertenecientes a colectivos prioritarios.

  • * Todas aquellas obligaciones establecidas en el Real Decreto 1046/2003, de 1 de agosto, y en la Orden Ministerial de desarrollo, relacionadas con las Acciones formativas de las empresas para las que organiza y gestiona la formación de sus trabajadores, así como la custodia de cuanta documentación relacionada con la organización, gestión e impartición de la formación pueda ser requerida por las Administraciones u órganos de control competentes y por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.

2. Documentación de certificación técnica:

Entregaremos a la empresa agrupada la documentación de soporte necesaria para la certificación de la formación realizada:

  1. * Certificados (denominación de la acción formativa, contenidos formativos, días en los que se ha desarrollado la formación y las horas de formación recibida).
  2. * Control de asistencia de los participantes, por curso.
  3. * Cuestionario para la evaluación de calidad de la acción formativa.

 3. Documentación de certificación económica:

  • Custodiar el Convenio de Agrupación de Empresas, manteniéndolo a disposición de los órganos de control competentes, indicados en el capítulo V de la Orden Ministerial anteriormente citada.
  • Asesoramiento de las cantidades y el mes en el que realizar las bonificaciones por empresa, en función del grado de cumplimiento de los porcentajes de colectivos prioritarios y cofinanciación privada exigidos.
  • Seguimiento y control económico de la ejecución de las acciones formativas, que incluirá el cumplimiento de todos los requisitos exigidos en la “certificación de finalización de la formación”, en especial cumplimiento del porcentaje de cofinanciación privada exigible, el ajuste de los costes de la formación a los módulos económicos máximos fijados, la revisión y adecuación de las facturas recibidas a la normativa de justificación de costes.

 BEST FORMACION a través de su servicio de Gestión de ayudas a la formación continua, enseña a las empresas a rentabilizar y reducir los costes de formación y los tiempos de aprendizaje, adaptando el diseño y la organización de las acciones formativas de su empresa a su crédito para la formación continua. El objetivo final es diseñar y desarrollar el Plan de Formación más adecuado (y económicamente óptimo) para conseguir que la formación responda a las expectativas del personal, a las necesidades reales de la empresa y genere valor para nuestros clientes mejorando la calidad de los productos y servicios.  

 

ACCIONES FORMATIVAS Y PLANES DE FORMACIÓN

A efectos de Formación Continua, se entiende por acción formativa el conjunto de conocimientos teóricos y/o prácticos sistematizados en unidades pedagógicas con contenidos y objetivos comunes a todos los participantes. Tendrán una duración comprendida entre 10 horas como mínimo y 270 como máximo, aunque este último límite podrá superarse cuando la acción vaya encaminada a la obtención de algún título oficial. Las jornadas de formación no podrán superar las 8 horas diarias. El coste máximo bonificable depende de que las acciones formativas sean:

  • Presenciales.
  • A distancia.
  • Tele formación.
  • Mixta.

 BENEFICIOS 

  • * Utilizar de forma ÓPTIMA un crédito ya disponible que si no se consume en acciones formativas se pierde de año en año.
  • * RESOLUCIÓN de los trámites administrativos a través de la Aplicación de FTFE.
  • * Elaboración de Planes Formativos “A MEDIDA” de las necesidades de cada empresa.
  • * Asesoría en el uso del crédito maximizando la EFICACIA de la formación y su medición.
  • * Impartición por FORMADORES PROPIOS de acciones formativas adecuadas a sus necesidades y al Plan Formativo.
  • * BONIFICACIÓN en las cuotas de la Seguridad Social del crédito en formación tras la impartición de cada acción.

 ¿EN QUÉ PUEDE COLABORAR BEST FORMACION?

BEST FORMACION como Entidad Organizadora de Planes Agrupados realiza los trámites de gestión tanto para Agrupaciones de Empresas como para empresas individuales en dos aspectos principales:

  • Identificación de las necesidades formativas.
  • Gestión y coordinación de ayudas a la formación:

      - Cálculo del crédito de formación disponible.

      - Diseño del plan de formación según crédito asignado.

      - Justificación del plan de formación.

 
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